Términos de uso
Última actualización: 22 de octubre de 2026
1. Titular, objeto y aceptación
El servicio GeoPredio («el Servicio») lo presta Martín Otero Otero («el Titular»), de Santiago de Compostela (A Coruña). Puede dirigirse cualquier consulta a contacto@geopredio.es.
Estos términos son las condiciones generales de la contratación del Servicio, en el sentido de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación, y regulan su acceso y su uso. Cada Usuario los acepta de forma expresa al entrar por primera vez en el área de clientes y cada vez que se publica una versión nueva: sin aceptarlos no puede utilizarse el Servicio. El Titular conserva constancia electrónica de la versión aceptada, de la fecha y del Usuario que la aceptó. El texto está disponible de forma permanente en esta página para su consulta, descarga e impresión. El contrato se formaliza en castellano.
Las condiciones particulares pactadas con cada Cliente (oferta, pedido o factura) prevalecen sobre estos términos en lo que regulen específicamente, conforme al artículo 6 de la Ley 7/1998.
2. Definiciones
- Cliente: el despacho, la empresa o el profesional que contrata el Servicio.
- Usuario: la persona física a la que el Cliente da acceso al área de clientes.
- Consulta: el análisis de una referencia catastral en una fecha determinada.
- Resultado: los datos que produce una Consulta: nivel de afectación, distancias, superficies y avisos.
- Informe: el documento PDF que presenta el Resultado.
3. Servicio exclusivo para profesionales
El Servicio se dirige exclusivamente a empresarios y profesionales que actúan en el ámbito de su actividad, como despachos de abogados, notarías, inmobiliarias o sociedades de tasación. El Cliente declara actuar con ese carácter y no como consumidor en el sentido del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). El Titular no contrata con consumidores y puede denegar o cancelar el acceso cuando no concurra esa condición.
4. Naturaleza informativa del Servicio
El Servicio es una herramienta de información que cruza la geometría catastral de una finca con la cartografía pública del dominio público marítimo-terrestre. Sus Resultados e Informes tienen carácter informativo:
- No son una certificación oficial. La situación de una finca respecto del dominio público la acredita la Administración, en particular mediante la certificación del Servicio Periférico de Costas (artículos 34 a 36 del Reglamento General de Costas).
- No sustituyen al deslinde aprobado ni a su plano, que son los que fijan el dominio público y la anchura de las servidumbres.
- No son asesoramiento jurídico, ni un levantamiento topográfico, ni publicidad del Registro de la Propiedad.
El Titular se obliga a prestar el Servicio con la diligencia debida y conforme a la metodología de la cláusula 5. Es una obligación de medios, no de resultado: el Titular no garantiza que el Resultado coincida con la situación jurídica de la finca. El Cliente, como profesional, valora el Resultado y lo contrasta con las fuentes oficiales antes de adoptar o recomendar decisiones jurídicas o económicas, y es el único responsable de esas decisiones y del asesoramiento que preste a sus propios clientes.
5. Metodología, fuentes y limitaciones
Fuentes. La información se elabora a partir de las líneas publicadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (límite del dominio público marítimo-terrestre, ribera del mar y límite interior de la servidumbre de protección), de la geometría de las parcelas de la Dirección General del Catastro o, en Bizkaia y Gipuzkoa, de los catastros forales de sus Diputaciones, y de los expedientes de deslinde publicados en el Boletín Oficial del Estado. La Diputación Foral de Gipuzkoa advierte de que su cartografía catastral no tiene categoría de cartografía oficial.
Método. Los datos se normalizan al sistema de referencia EPSG:25829 y se calcula la relación espacial de la parcela con cada límite: distancia a la línea de deslinde y superficie comprendida en cada franja.
- Las servidumbres y la zona de influencia se cuentan, como dispone la ley, desde la ribera del mar publicada por el MITECO y, donde no se publica aparte, desde la línea de deslinde, con la que coincide. Donde la ribera va por delante del deslinde, lo que de cada franja queda entre ambas líneas es dominio público, y el Informe lo advierte.
- La servidumbre de protección se delimita con el límite interior publicado por el MITECO allí donde existe. Cuando una rectificación o una modificación del deslinde publica solo la línea nueva, se toma el límite del expediente al que corrige allí donde discurre junto a esa línea, del lado de tierra. Donde la ribera va por delante del deslinde y ese límite se interrumpe, se entiende que en el tramo interrumpido la servidumbre queda dentro del dominio público, salvo que el límite esté cortado a ambos lados sobre una costa regular, en cuyo caso se continúa entre sus dos extremos; el Informe lo advierte en los dos casos. Donde no está publicado en toda la zona se aplica la anchura general de 100 metros que presume la ley, y el Informe indica además cómo quedaría la finca con 20 metros, que es la anchura del suelo que ya estaba clasificado como urbano el 29 de julio de 1988.
- La servidumbre de tránsito mide 6 metros, y el Informe avisa cuando la finca queda entre 6 y 20 metros de la ribera, que es hasta donde la Administración puede ampliarla.
- La zona de influencia (500 metros) se deriva de esas mismas líneas, ya que no se publica como polígono oficial.
- El Resultado se marca para revisión cuando el límite de la servidumbre no está publicado en la zona o cuando la finca queda a menos de 15 metros de él, porque en esos casos el veredicto depende del trazado exacto, y cuando la ribera del mar no coincide con el deslinde.
- Cuando una finca con afectación está en uno de los municipios que tienen núcleos de población excluidos del dominio público por la disposición adicional séptima de la Ley 2/2013, como Moaña, el Resultado lo advierte y se marca para revisión. El ámbito excluido lo fija la planimetría del anexo de esa ley, que el Servicio no incorpora, y la exclusión surte efecto cuando se formaliza la transmisión de los terrenos a sus ocupantes.
Qué no analiza. El Servicio no determina, entre otras cuestiones: la servidumbre de acceso al mar (artículo 28 de la Ley de Costas); las ampliaciones de las servidumbres acordadas por la Administración; si la finca queda dentro del ámbito de un núcleo excluido del dominio público, sobre el que solo advierte en los términos del apartado anterior; las zonas declaradas en situación de regresión grave (artículo 13 ter de la Ley de Costas); la clasificación y la calificación urbanística del suelo ni la ordenación autonómica del litoral; otros dominios públicos, como el hidráulico o el portuario; los espacios naturales protegidos; la titularidad, las cargas o la situación registral de la finca, incluidas las notas de incoación de un deslinde que consten en el Registro de la Propiedad; ni la legalidad de las construcciones existentes.
Limitaciones. Cada Resultado es válido a la fecha de cálculo que figura en el Informe; el dominio público marítimo-terrestre puede ser modificado por el Estado. La anchura de la servidumbre la fija el deslinde aprobado, y las líneas publicadas pueden no recoger rectificaciones posteriores. Donde el MITECO no publica la ribera del mar aparte, se entiende que coincide con la línea de deslinde (artículo 18.1 del Reglamento General de Costas); una ribera publicada que en los datos no quede del lado del mar no se utiliza, y las franjas se cuentan entonces desde el deslinde. En los acantilados, la jurisprudencia ha contado la servidumbre de tránsito desde su coronación, que el Servicio no distingue. Las ampliaciones del tránsito no se publican, así que no pueden detectarse. La geometría catastral es una representación aproximada, no un levantamiento topográfico, y la parcela catastral puede no coincidir con la finca registral. El Titular incorpora las novedades de las fuentes con la periodicidad que razonablemente puede, sin comprometer un plazo, y no está obligado a actualizar Resultados ya emitidos ni a comunicar cambios posteriores, salvo que se contrate expresamente un servicio de avisos.
6. Consultas, Informes y registros
- Cada Consulta analiza una referencia catastral con los datos disponibles en la fecha de cálculo, que figura en el Informe. Volver a abrir una Consulta ya realizada no consume otra; pedir un análisis nuevo de la misma finca, sí.
- El Titular conserva el Resultado de cada Consulta, y el Informe se genera a partir de él: su presentación puede mejorar con el tiempo, pero los datos calculados en la fecha de cálculo no cambian. Cada Consulta tiene un número de Informe propio.
- De cada Consulta, el Titular registra la fecha y la hora, al segundo y en tiempo universal coordinado (UTC), en que obtuvo el contorno de la parcela de su catastro y en que calculó el Resultado, junto con la huella digital de ese contorno y de las líneas del MITECO utilizadas, que el Titular descarga y conserva por versiones. La huella de ese registro figura en el Informe. Cuando el Informe lo indica, lleva además un sello de tiempo electrónico emitido por un prestador de servicios de confianza.
- El Titular no guarda los Informes, pero registra la huella digital de cada uno que se descarga, junto con su número, su fecha y el Cliente al que se entrega. Así puede comprobarse si una copia es la entregada o ha sido alterada.
- Las partes aceptan como medio de prueba los registros electrónicos del Servicio, como la aceptación de estos términos, las Consultas realizadas, sus Resultados, el registro de sus datos de origen y la huella de los Informes entregados, sin perjuicio de la prueba en contrario.
7. Cuentas, Usuarios y seguridad
El Titular abre la cuenta del Cliente a solicitud de este, y el Cliente designa a sus Usuarios dentro del número máximo que corresponda a su contratación. Las credenciales son personales e intransferibles, y cada Usuario solo puede tener una sesión abierta. El Cliente responde del uso que se haga del Servicio con las credenciales de sus Usuarios y debe comunicar sin demora al Titular cualquier acceso no autorizado o la sospecha de que se haya producido.
8. Uso permitido
El Servicio solo puede utilizarse para la actividad profesional propia del Cliente. En particular, no está permitido:
- revender, sublicenciar o poner a disposición de terceros el Servicio, o comercializar sus Informes o Resultados como producto propio o ajeno;
- extraer datos de forma automatizada o masiva, o reconstruir a partir de las Consultas las capas cartográficas del Servicio;
- descompilar el software o aplicarle ingeniería inversa, salvo en los casos en que la ley lo permita;
- probar la seguridad del Servicio, eludir sus límites o intentar acceder a datos de otros Clientes;
- compartir las credenciales entre varias personas;
- alterar un Informe, suprimir sus avisos o presentarlo como una certificación oficial.
9. Uso de los Informes ante terceros
El Cliente puede entregar los Informes a sus propios clientes y aportarlos a otras partes, notarías, registros, Administraciones o tribunales en los asuntos en que intervenga, siempre completos, sin alteraciones y con sus avisos.
El Informe se emite para el Cliente. El Titular no asume obligación ni responsabilidad alguna frente a los terceros que lo reciban del Cliente, y el Cliente les advertirá de su carácter informativo. El Cliente mantendrá indemne al Titular frente a las reclamaciones de terceros, y los gastos razonables de defensa, que traigan causa de un uso del Servicio o de los Informes contrario a estos términos.
10. Precio, facturación y pago
- El Servicio se contrata por Consultas, sueltas o en bonos. El precio y las demás condiciones económicas se comunican y se aceptan expresamente al contratar, antes de cualquier cobro. A los precios se añade el IVA.
- Salvo pacto distinto, el pago es anticipado y el Titular emite la factura correspondiente. Los retrasos en el pago devengan los intereses de demora y la indemnización por costes de cobro de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- Las Consultas adquiridas pueden utilizarse durante doce meses desde su adquisición; pasado ese plazo, el Titular puede darlas por caducadas.
- Las Consultas consumidas no se reembolsan. Las pagadas y no consumidas solo se reembolsan cuando el contrato termina por decisión del Titular sin incumplimiento del Cliente, por incumplimiento del Titular o porque el Cliente no acepta una modificación de estos términos.
- Las Consultas que el Titular concede gratuitamente, como las de prueba, se rigen por estos términos, no dan derecho a reembolso y pueden retirarse en cualquier momento.
11. Disponibilidad
El Titular procura mantener el Servicio disponible y en buen funcionamiento, pero no garantiza su acceso ininterrumpido ni la ausencia de errores. Puede interrumpirlo temporalmente por mantenimiento, mejoras o seguridad, avisando con antelación cuando sea posible. Parte del Servicio depende de servicios públicos de terceros, como los del Catastro, los catastros forales de Bizkaia y Gipuzkoa, el Instituto Geográfico Nacional, el MITECO o el BOE, cuya disponibilidad no controla. Mientras uno de ellos no responde, las consultas que dependen de él no se realizan ni se descuentan del saldo.
12. Propiedad intelectual e industrial
El software, las bases de datos y las capas cartográficas elaboradas por el Titular, el diseño del Servicio, las plantillas de los Informes y la marca GeoPredio pertenecen al Titular o se usan con licencia, y están protegidos por el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, incluido el derecho sui generis sobre las bases de datos, y por la legislación de marcas. El Cliente recibe, mientras dure el contrato, un derecho de uso del Servicio limitado, no exclusivo e intransferible, para su propia actividad profesional. Sobre los Informes que haya obtenido conserva sin límite de tiempo el derecho de usarlos en los términos de la cláusula 9. Todo ello sin perjuicio de los derechos que la ley reconoce de forma irrenunciable al usuario legítimo.
Los datos públicos de origen siguen sujetos a sus propias condiciones de reutilización, y las Administraciones que los publican no patrocinan ni respaldan el Servicio ni sus Resultados.
13. Responsabilidad
13.1. El Titular no responde de: (a) las decisiones que el Cliente o terceros adopten con base en los Resultados o Informes; (b) los errores, omisiones, retrasos o falta de actualización de las fuentes oficiales; (c) las modificaciones del dominio público o de los deslindes posteriores a la fecha de cálculo; (d) las diferencias entre la cartografía catastral y la realidad física o registral; (e) el uso del Servicio contrario a estos términos; ni (f) las interrupciones de servicios de terceros.
13.2. El Titular no responde en ningún caso del lucro cesante, de la pérdida de oportunidades de negocio, de clientes o de reputación, ni de daños indirectos.
13.3. Si un Resultado contiene un error imputable al Titular, el Cliente puede obtener, a su elección, un nuevo análisis corregido o el reembolso de esa Consulta, siempre que lo comunique en cuanto lo detecte.
13.4. La responsabilidad total del Titular frente al Cliente por cualquier causa derivada del contrato no excederá del importe efectivamente pagado por el Cliente en los doce meses anteriores al hecho que la origine.
13.5. Las limitaciones de esta cláusula no se aplican a los daños causados por dolo o culpa grave del Titular ni a los supuestos en que la ley no permita limitar la responsabilidad (artículo 1102 del Código Civil).
14. Fuerza mayor
Ninguna de las partes responde de los incumplimientos debidos a causas que escapen a su control razonable (artículo 1105 del Código Civil), como las caídas de los servicios públicos de datos, los fallos generales de las telecomunicaciones o del suministro eléctrico, los ciberataques que superen unas medidas de seguridad razonables o las decisiones de las autoridades.
15. Confidencialidad y secreto profesional
El Titular trata como confidencial la información que el Cliente introduce en el Servicio, incluidas las fincas que consulta, sus notas y sus carteras, que puede estar amparada por el secreto profesional del Cliente. No la comunica a terceros ni la utiliza para fines propios, y solo accede a ella cuando es imprescindible para prestar el Servicio, atender una petición del Cliente o cumplir una obligación legal. Para facturar y hacer funcionar el Servicio utiliza únicamente datos agregados de uso, como el número de Consultas. Este deber se mantiene después de terminado el contrato.
16. Protección de datos
El Titular trata como responsable los datos de la cuenta, de los Usuarios y de contacto, según la Política de privacidad. Los datos personales que el Cliente introduce en el Servicio para su propia actividad los trata como encargado del tratamiento por cuenta del Cliente, conforme al Anexo I, que forma parte de estos términos.
17. Duración, suspensión y terminación
- El contrato es de duración indefinida. El Cliente puede terminarlo en cualquier momento comunicándolo por escrito, y el Titular, con un preaviso de treinta días.
- Cualquiera de las partes puede resolverlo de inmediato si la otra incumple gravemente sus obligaciones (artículo 1124 del Código Civil), en particular por impago o por un uso prohibido del Servicio.
- El Titular puede suspender el acceso de forma cautelar ante un impago, un uso contrario a estos términos, un riesgo para la seguridad o un requerimiento de una autoridad, avisando al Cliente cuando sea posible.
- Al terminar el contrato, el Cliente dispone de treinta días para descargar sus Informes. Pasado ese plazo, sus datos se suprimen conforme al Anexo I, salvo los que deban conservarse por obligación legal. Las cláusulas 9, 12, 13, 15 y 21 siguen vigentes después de la terminación.
18. Modificación de estos términos
El Titular puede modificar estos términos por cambios legales, técnicos o del Servicio, avisando con treinta días de antelación por correo electrónico o en el área de clientes, salvo que el cambio venga impuesto por la ley o por razones de seguridad que no admitan espera. La nueva versión se acepta de forma expresa en el siguiente acceso. El Cliente que no la acepte puede terminar el contrato con el reembolso de las Consultas pagadas y no consumidas. Cada Consulta se rige por la versión vigente en su fecha de cálculo.
19. Cesión
El Cliente no puede ceder el contrato sin el consentimiento escrito del Titular. El Titular puede cederlo a una sociedad que le suceda en la explotación del Servicio o que esté bajo su control, comunicándolo al Cliente y sin que ello altere estos términos.
20. Comunicaciones
Las comunicaciones entre las partes se hacen por correo electrónico: al del Usuario administrador de la cuenta del Cliente y, en el caso del Titular, a contacto@geopredio.es.
21. Nulidad parcial, ley aplicable y jurisdicción
Si alguna cláusula se declarase nula o no incorporada, el resto de estos términos conservará su validez, y la cláusula afectada se integrará conforme a la ley. No ejercer un derecho no supone renunciar a él.
Estos términos se rigen por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes, ambas empresarios o profesionales, se someten expresamente a los juzgados y tribunales del domicilio del Titular.
Anexo I. Encargo del tratamiento
Este anexo regula el tratamiento de datos personales que el Titular realiza por cuenta del Cliente, conforme al artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y al artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
- Partes. El Cliente es el responsable del tratamiento y el Titular, el encargado.
- Objeto y finalidad. Prestar el Servicio: alojar, analizar y conservar las Consultas, las carteras, las notas y las cuentas de los Usuarios del Cliente.
- Datos y personas afectadas. Datos identificativos y de contacto de los Usuarios; referencias catastrales y ubicaciones de inmuebles, que pueden vincularse con sus titulares o con los clientes del Cliente; y las anotaciones que el Cliente escriba. El Cliente no debe introducir categorías especiales de datos ni más datos personales de los necesarios.
- Duración. La del contrato, más el plazo de supresión previsto al final de este anexo.
El Titular, como encargado:
- trata los datos solo siguiendo las instrucciones documentadas del Cliente, que son estos términos y el uso que el Cliente hace del Servicio, y le informa si considera que una instrucción infringe la normativa;
- garantiza que quienes acceden a los datos están obligados a guardar confidencialidad;
- aplica las medidas de seguridad del artículo 32 del RGPD, entre ellas el cifrado de las comunicaciones, la separación de los datos de cada Cliente, el acceso con credenciales personales, el almacenamiento de las contraseñas solo en forma cifrada irreversible, los registros de actividad y las copias de seguridad;
- puede recurrir a subencargados de alojamiento y de envío de correo electrónico, a los que impone las mismas obligaciones. El Cliente otorga para ello una autorización general, y el Titular le informará de cualquier cambio de subencargados para que pueda oponerse;
- aloja los datos en el Espacio Económico Europeo; cualquier transferencia internacional se hará solo con las garantías del capítulo V del RGPD;
- asiste al Cliente en la atención de los derechos de los interesados y en el cumplimiento de los artículos 32 a 36 del RGPD, y le traslada las solicitudes de derechos que reciba;
- notifica al Cliente las violaciones de seguridad que afecten a sus datos sin dilación indebida y, en todo caso, en un plazo máximo de 48 horas desde que tenga constancia de ellas, con la información de que disponga;
- pone a disposición del Cliente la información necesaria para demostrar el cumplimiento de este anexo y permite las auditorías razonables que solicite, con preaviso, a costa del Cliente y respetando la confidencialidad de los demás Clientes;
- al terminar el contrato, y transcurrido el plazo de descarga de la cláusula 17, suprime los datos del Cliente en un plazo máximo de treinta días, salvo que una norma obligue a conservarlos, en cuyo caso los mantiene bloqueados (artículo 32 de la LOPDGDD). Quedan fuera la constancia de la aceptación de estos términos (cláusula 1) y la de los Informes entregados (cláusula 6), que el Titular conserva como responsable según la Política de privacidad.
El Cliente garantiza que los datos que introduce se han obtenido y se tratan de forma lícita, que ha informado a los interesados cuando corresponda y que el tratamiento que encarga se ajusta a la normativa.